La nueva Ley de Turismo balear exigirá el permiso de la comunidad de vecinos para autorizar el alquiler turístico.

El anteproyecto de ley exigirá una antigüedad mínima de 10 años y establece un registro obligatorio para las viviendas que se anuncien portales web, entre otros requisitos.

El Govern balear ha iniciado los trámites del anteproyecto de ley para reformar la ley de turismo, con el objetivo último de poder regular el alquiler turístico en la Comunidad Autónoma.

En el borrador se recogen entre otras las siguientes medidas:

- Las comunidades de vecinos deberán dar el visto bueno al uso turístico de las viviendas del edificio.
En el caso de no estar permitido de forma expresa en los estatutos de la comunidad, será preciso aprobar por mayoría una autorización por parte de los propietarios el arrendamiento a turistas.

Al dar la potestad a los vecinos para decidir en este tema y los "instrumentos adecuados para resolver los eventuales problemas de convivencia", el Ejecutivo autonómico pretende “garantizar la convivencia entre turistas y residentes”, respetando el resto de competencias de consells y ayuntamientos.

- El comercializador del alquiler deberá velar de la marcha en menos de 24 horas del cliente, en caso de alteración de la convivencia.

- Solo podrán arrendar pisos y casas (unifamiliares y plurifamiliares) con más de 10 años de antigüedad, “para acreditar la consolidación del uso residencial de la vivienda, y de impedir la especulación”. En el caso de las viviendas plurifamiliares, éstas deberán tener un contador de agua propio.

- Asimismo el edificio deberá estar adaptado a la normativa de accesibilidad para personas con movilidad reducida.

- No se podrán dedicar a uso turístico viviendas de protección oficial.

- Tampoco se podrán "formalizar contratos por habitaciones o hacer coincidir en la misma vivienda usuarios que hayan formalizado contratos diferentes".

- El Govern reclama al arrendador turístico servicios de calidad, para lo cual establecerá determinados servicios básicos en estas viviendas: que van de la limpieza periódica, al suministro de ropa de cama y enseres básicos, tener un servicio de atención telefónica de 24 horas para el viajero. Dicho número de teléfono, “también estará a disposición de la comunidad de propietarios para que pueda comunicar incidencias graves que se puedan producir”.

- Para garantizar una gestión equilibrada del número de plazas turísticas y evitar el crecimiento ilimitado de la oferta que puede provocar masificación turística:
• Se suprimirán las excepciones al intercambio de plazas (excepto en Menorca, donde habrá un período transitorio). Quien quiera abrir un establecimiento turístico, o comercializar estancias turísticas en una vivienda, tendrá que adquirir las plazas acudiendo a la bolsa insular correspondiente.
• Las plazas también se podrán adquirir de alojamientos turísticos o de viviendas residenciales que se den de baja.
• En el caso de las viviendas plurifamiliares, las plazas turísticas se adquirirán por un plazo de 5 años, renovables.

- En cuanto a la comercialización del alquiler en portales webs establecerá que“sólo se puedan anunciar las viviendas que estén registradas legalmente”. El Govern avisa: "Para evitar el perjuicio que supone para la sociedad la comercialización indiscriminada de estancias turísticas a viviendas no legalizadas, se incrementará ostensiblemente el importe de las sanciones a este tipo de oferta ilegal", convirtiéndose en infracción grave en su margen más elevado por cantidades de entre 20.000 euros y 40.000 euros.

Nota de prensa del Govern Illes Balear